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La abogada defensora del Diario LA PRENSA, Helga Asher, presentó ayer un recurso de apelación al fallo del juez Celso Urbina, en los Juzgados de Managua. ( LA PRENSA/G. FLORES )
LA PRENSA interpone recurso de apelación
Una oportunidad del sistema judicial para demostrar que no está politizado
Mario Guevara S. yElízabeth Romero
nacionales@laprensa.com.ni
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Centeno: “De que se va a investigar, se va a investigar”

El Fiscal General de la República, Julio Centeno Gómez, dijo ayer que aún no deciden sobre la denuncia introducida por la abogada de LA PRENSA, Helga Asher, en contra del juez Celso Urbina, por presunto prevaricato y abuso de autoridad.

“De que se va a investigar, se va a investigar”, manifestó el fiscal Centeno, tras informar que el caso está en manos del fiscal encargado de Managua.

“Estamos viendo por donde comenzamos, si (la investigación) es autónoma, si se le delega a la Policía, estamos viendo el modus operandi que vamos a utilizar, pero sí, es obligación nuestra investigar”, reiteró.

Por su parte, el presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), Gerardo Rodríguez, rechazó señalamientos de que en los Juzgados reciban órdenes partidarias.

“Yo lo que veo es que ha habido un juicio, hay un proceso, culmina con la sentencia, y por supuesto yo lo que veo siempre en éste y en todos los juicios es que la parte afectada, nunca queda como contenta con lo que el juez falla”, expresó el presidente del TAM.

Rodríguez también se refirió al hecho por el cual la Sala Civil Dos del TAM, admitió un recurso introducido por la abogada Asher, por violación a los derechos constitucionales del Presidente de la Junta Directiva y del Jefe de Redacción de LA PRENSA, pero no mandó a suspender el absurdo juicio.

“Nosotros hemos suspendido algún juicio penal, cuando el juicio nace en la Contraloría. Pero lo que suspendemos es el acto de la Contraloría donde manda a establecer presunciones de responsabilidad penal, no el proceso”, explicó Rodríguez, tras indicar que el recurso de amparo es contra actos administrativos, no contra resoluciones judiciales, lo que está claramente establecido en la Ley de Amparo.

“Si nosotros mandamos a suspender todos los juicios penales, no habría juicios penales, porque si suspendemos en este caso, suspendemos toditos los juicios penales que aquí existen en los Juzgados, y eso no es posible”, sostuvo Rodríguez, quien aconsejó que en caso de alguna inconformidad con el procedimiento del judicial, hay dos opciones: la apelación o una queja ante el Consejo Nacional de Carrera Judicial.

Rechazo y condena

La Asociación de Periodistas de Nicaragua (APN) Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, emitió un comunicado donde rechaza y condena la sentencia que dictó el juez Celso Urbina contra el Director del Diario LA PRENSA, Jaime Chamorro Cardenal y el Jefe de Redacción, Eduardo Enríquez, “cuyo hecho coarta severamente la libertad de expresión y de prensa en nuestro país”.

La abogada Helga Asher presentó ayer un recurso de apelación a la sentencia donde se declara culpable a Eduardo Enríquez, Jefe de Redacción y a Jaime Chamorro, Director del Diario LA PRENSA, como coautores del delito de injurias en supuesto perjuicio de cinco mujeres que dicen ser miembros de los Consejos y Gabinetes del Poder Ciudadano.

Con esta acción el sistema judicial nicaragüense tiene una oportunidad para enmendar todas las aberraciones jurídicas perpetradas por Celso Urbina, juez Octavo Local Penal de Managua, en contra de este Diario.

El escrito, interpuesto en la Oficina de Recepción y Distribución de Causas y Escritos (Ordice) en los Juzgados de Managua, describe detalladamente los agravios que causa la sentencia.

El primero, uno de los más importantes, es en cuanto al cambio de tipificación en el delito que le diera el judicial Celso Urbina, porque las ciudadanas querellaban por calumnias y finalmente el juez abruptamente decidió que fuera por injurias.

Según la abogada de LA PRENSA el agravio causado es totalmente evidente porque todas la pruebas y las relaciones de los hechos que sucedieron durante el proceso y durante el juicio en sí, versaban sobre el tipo penal calumnia y decían que lesionaban el honor de las personas por la comisión del delito que es de lo que trata la calumnia.

No obstante, el juez abruptamente concluye que se trata del delito de injurias, pero dice que la connotación de pandilleras (término al cual hace referencia un titular publicado el 20 de diciembre del 2007 en LA PRENSA y que dio pie al juicio) conlleva el concepto de que la pandilla es un grupo juvenil destinado a cometer delito.

QUE PRIVE EL DERECHO Y LA LEY

Aun cuando el recurso de apelación interpuesto por Asher estará sometido al mismo sistema judicial, la esperanza es que en algún momento el proceso caiga con un judicial que realmente aplique el Derecho y la Ley como corresponde, en cuanto a la interpretación que debe ser siempre bajo el principio de supremacía constitucional y a favor de la parte procesada.

“Aquí en todo momento hemos visto parcialidad, interpretaciones antojadizas y extensivas a favor de la parte querellante, cosa que la ley le prohíbe a los judiciales, porque en caso de que haya duda para la interpretación de la norma, debe prevalecer el criterio constitucional por la supremacía de la Constitución que debe aplicarse la norma más benigna al reo”, agrega.

Otro de los agravios que causa la resolución, no es tanto en la multa, sino el mal precedente que sienta para el sistema judicial porque, según Asher, no solamente cambia la tipificación del delito, algo que dice que le está permitido por la ley, pero no en los delitos de orden privado.

“En el auto de remisión a juicio el juez debía haber calificado el delito por el cual remitía la causa a juicio oral y público y no hasta el último momento venir a decidir que era por otro delito y no por el cual querellaban las ciudadanas”, dice la jurista.

También se sienta el precedente negativo de que cualquier persona sin tener ninguna representación legal o jurídica comparece y se tome como buena la acreditación aunque sea inexistente.

Otra cosa que llama la atención es que el decreto presidencial con el cual las señoras acreditaban su supuesta representación, que es el decreto creador de los Consejos del Gabinete del Poder Ciudadano, el juez por sí y ante sí “hizo su propia ley” y creó su propio decreto al señalar que los Consejos del Gabinete del Poder Ciudadano es igual a CPC, cosa que ni el mismo decreto presidencial lo prevé.

JUICIO POLÍTICO

También, otro aspecto que lesiona los derechos de Chamorro y Enríquez, según la defensora, es que el juez argumenta con una convicción política, más que jurídica, que quedó demostrado el ánimo de injuriar.

“Yo me pregunto que si los hechos sucedieron en la noche del 19 de diciembre de 2007, LA PRENSA en su edición del 20 de diciembre del año 2007, o sea pocas horas después del suceso publicó la nota referida a la golpiza sufrida por uno de sus periodistas, y que después abruptamente el juez diga que quedó plenamente comprobado el ánimo de injuriar, cuando no habían ni siquiera transcurrido 24 horas de sucedidos los hechos”, subraya.

La misma abogada se pregunta, cómo en 24 horas ya las señoras se sentían ofendidas en su condición, que nunca antes se había visto, de doble rol, como ciudadanas y como miembros de una organización.

Pero además el representante de las querellantes dijo que los Consejos del Poder Ciudadano eran una persona jurídica. Entonces habría que preguntarse cómo una persona jurídica se puede sentir ofendida en su honor y su reputación si eso es implícito de las personas únicamente naturales, ciudadanos comunes y corrientes y no una persona jurídica.

Para reconocidos juristas nicaragüenses, eso de que el juez Celso Urbina resolviera que se había injuriado, que se atacó el honor y la reputación de las mujeres miembros de los CPC, solamente existe en una mente parcializada, politizada y desapegada a toda norma de Derecho y hasta de lógica común, sana crítica y criterio racional.

SIN PIEs NI CABEZA

De eso adolece toda la resolución que ahora se impugna, porque se impugna de toda la resolución: tanto la multa como la parte que obliga al medio a publicar el por tanto.

También se impugna en cuanto a la culpabilidad de los procesados, “porque en honor a la verdad y el Derecho, mis defendidos, el señor Jaime Chamorro Cardenal y Eduardo Enríquez no cometieron el delito ni de calumnia ni de injurias, simplemente se trata de un juicio eminentemente político y no me voy a cansar de decirlo”.

La jurista agregó que en ningún momento percibió de parte de ese judicial alguna resolución que se apegue, por lo menos un poquito, a Derecho, como para decir que fue iluminado por su sabiduría de las leyes, sino que ha obedecido prácticamente no a la Constitución, sino a su partido.

Para Asher, si el sistema judicial pierde la oportunidad de enmendar lo actuado por el judicial Urbina, no va a pasar mucho tiempo que por su fiel cumplimento a sus ideales partidarios veamos al mismo Urbina como magistrado.

“Yo recuerdo que hubo un ministro que inventó un adoquinómetro para medir la cantidad de adoquines que se ponían en Managua. Yo pienso que en este Gobierno habría que poner el servilómetro, estaríamos midiendo los niveles de servilismo de los funcionarios”.

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