La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó esta mañana una reforma a la Ley de Amparo, a través de la cual se prohíbe el control previo sobre las leyes. La ley, respaldada por 87 de los 92 diputados de la Asamblea Nacional, servirá para resolver con mayor rapidez las crisis entre poderes del Estado en Nicaragua.
De acuerdo a la nueva disposición, el Presidente de la República, la junta directiva de la Asamblea Nacional y los magistrados judiciales y electorales son los únicos facultados para recurrir en contra de una ley, decreto, reglamento, acto, resolución o disposición, cuando consideren que se lesionan las facultades de su respectivo Poder del Estado.
Los magistrados judiciales, cuando no estén involucrados, son los que resolverán los casos.
Cuando sean parte del conflicto, los magistrados propietarios deberán acreditar a sus suplentes.
Una vez admitida una causa, los magistrados tendrán treinta días para resolver la pugna o de lo contrario no recibirán su salario.
Las leyes quedarán suspendidas por un máximo de sesenta días, mientras estén bajo análisis del Poder Judicial.
En caso de que los magistrados no resuelvan una reyerta entre poderes del Estado, la ley en cuestión recobrará su vigor, según la reforma aprobada hoy.
De esa manera, representantes de todas las bancadas indicaron que se pone fin a una crisis institucional que cobijó el cierre de 2007, cuando la Corte Suprema de Justicia prohibió a la Asamblea Nacional publicar una ley que derogaba a los Consejos del Poder Ciudadano (CPC) como órganos del Gobierno.
VIENE OTRA REFORMA
Los legisladores anunciaron hoy mismo que volverán a reformar la Ley de Amparo, para evitar que los funcionarios investigados y acusados por actos de corrupción recurran de amparo.
Pero los diputados no precisaron cuándo impulsarán esa nueva reforma.